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1. Procesos Penales que conocen los Jueces Municipales y los Fiscales delegados ante éstos, así como las autoridades de Policía, en condición de apoderados de los implicados.

 

2. Procesos Penales de competencia de la Jurisdicción Ordinaria, como representantes de la parte Civil.

 

3. De oficio, en los  Procesos Penales como voceros o defensores en audiencia.

 

 

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